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Artículo 454. Limpieza de pañoles

El despensero debe mantener los pañoles limpios y sin olores, y tiene la facultad de ventilar los efectos cuando sea necesario. Esto debe hacerse con el permiso del Segundo Comandante.

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Texto Legal

Tomará todas las medidas necesarias para mantener los pañoles siempre limpios y sin olores desagradables, y cuando lo considere conveniente sacará a ventilar los efectos que lo requieran, previo aviso al Contador y permiso del Segundo Comandante, quien ordenará se le facilite el auxilio del personal de marinería necesario para dicha faena.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantener los pañoles en condiciones óptimas es vital para la calidad de los víveres. Se aconseja coordinar con el personal de marinería para facilitar las labores de limpieza.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 454 del 218?

El despensero debe mantener los pañoles limpios y sin olores, y tiene la facultad de ventilar los efectos cuando sea necesario. Esto debe hacerse con el permiso del Segundo Comandante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 454 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Mantener los pañoles en condiciones óptimas es vital para la calidad de los víveres. Se aconseja coordinar con el personal de marinería para facilitar las labores de limpieza.

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