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Artículo 453. Conservación de víveres

Este artículo detalla las obligaciones del despensero en la estiba y conservación de víveres, incluyendo la revisión frecuente de los pañoles. Se deben reportar defectos que puedan afectar los suministros.

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Texto Legal

Tendrá a su cuidado la estiba y buena conservación de los víveres en los pañoles que se destinen con ese objeto, a cuyo efecto los revisará prolija y frecuentemente, dando cuenta si encontrare goteras, vías de agua u otros defectos que pudieren contribuir al deterioro de los efectos almacenados, a fin de que se dicten las órdenes correspondientes para la inmediata compostura y arreglo de dichos departamentos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La vigilancia constante de los víveres es esencial para evitar el deterioro. Se recomienda establecer un calendario de revisiones para asegurar la calidad de los suministros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 453 del 218?

Este artículo detalla las obligaciones del despensero en la estiba y conservación de víveres, incluyendo la revisión frecuente de los pañoles. Se deben reportar defectos que puedan afectar los suministros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 453 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La vigilancia constante de los víveres es esencial para evitar el deterioro. Se recomienda establecer un calendario de revisiones para asegurar la calidad de los suministros.

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