218

Artículo 452. Responsabilidades del despensero

El despensero asume la responsabilidad de los efectos del buque relacionados con su comisión, incluyendo utensilios de cocina y enseres. Debe llevar un inventario y reportar novedades al Oficial de equipo.

responsabilidadesinventariobuque

Texto Legal

Como auxiliar del Contador y del Oficial de equipo tendrá a su cargo todos los efectos pertenecientes al buque y que se relacionen con su comisión, tales como los enseres y útiles de rancho de clases y marinería, vajillas de Jefes, Oficiales, Maquinistas y Aspirantes, y los utensilios de cocina de los distintos ranchos del buque. Recibirá bajo inventario los efectos de referencia, y dará cuenta al Oficial de equipo de las novedades que notare, para que sean corregidos los defectos con oportunidad y queden a cubierto su responsabilidad y los intereses del Erario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta gestión de inventarios es crucial para evitar pérdidas y asegurar el funcionamiento del buque. Se sugiere implementar un sistema de control riguroso para facilitar esta tarea.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 452 del 218?

El despensero asume la responsabilidad de los efectos del buque relacionados con su comisión, incluyendo utensilios de cocina y enseres. Debe llevar un inventario y reportar novedades al Oficial de equipo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 452 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La correcta gestión de inventarios es crucial para evitar pérdidas y asegurar el funcionamiento del buque. Se sugiere implementar un sistema de control riguroso para facilitar esta tarea.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 452 del 218?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 452 218 desde tu celular