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Artículo 449. Control de acceso a la enfermería

Se prohíbe la entrada a la enfermería sin justificación, manteniendo el orden y la disciplina entre enfermos y tripulantes. Esto es esencial para la seguridad.

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Texto Legal

Prohibirá en general la entrada a la enfermería sin motivo justificado y mantendrá el orden y la disciplina, tanto entre los enfermos allí alojados, como entre los tripulantes que concurran a cualquiera hora para efectuar sus curaciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantener un control estricto sobre el acceso a la enfermería es fundamental para la seguridad de los pacientes. Se sugiere establecer un registro de visitantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 449 del 218?

Se prohíbe la entrada a la enfermería sin justificación, manteniendo el orden y la disciplina entre enfermos y tripulantes. Esto es esencial para la seguridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 449 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Mantener un control estricto sobre el acceso a la enfermería es fundamental para la seguridad de los pacientes. Se sugiere establecer un registro de visitantes.

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