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Artículo 37. Lectura de leyes penales

Antes de firmar su contrato, a los nuevos integrantes de la Armada se les leerán las Leyes Penales, enfatizando la importancia de cumplir con sus deberes. Esto busca fomentar un sentido de responsabilidad.

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Texto Legal

A todo individuo que ingrese a la Armada se le leerán, antes de firmar su contrato de enganche, las Leyes Penales, haciéndole comprender a la vez, que los hombres de mar patriotas, honrados y útiles, lejos de abrigar temores, deben esperar premios y recompensas, que en ninguna otra carrera obtendrán tan pronto, si cumplen los deberes que les impone esta Ordenanza. Las mismas Leyes Penales se les continuarán leyendo, una vez al mes, el día de la Revista de Administración.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La lectura de las leyes penales es un recordatorio importante para los nuevos reclutas sobre las consecuencias de sus acciones. Es recomendable que los reclutadores refuercen este mensaje de responsabilidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del 218?

Antes de firmar su contrato, a los nuevos integrantes de la Armada se les leerán las Leyes Penales, enfatizando la importancia de cumplir con sus deberes. Esto busca fomentar un sentido de responsabilidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La lectura de las leyes penales es un recordatorio importante para los nuevos reclutas sobre las consecuencias de sus acciones. Es recomendable que los reclutadores refuercen este mensaje de responsabilidad.

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