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Artículo 36. Reserva tras el enganche

El personal que complete su periodo de enganche pasará a la Reserva por dos años, lo que permite mantener una reserva de personal capacitado. Esto es crucial para la operatividad de la Armada.

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Texto Legal

Todo el personal a que se ha hecho mención, desde Grumete hasta Oficial de Mar, y sus equivalentes en los demás Cuerpos de la Armada, cuando cumplan sus respectivos períodos de enganche pasarán a la Reserva por dos años.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La transición a la Reserva es una oportunidad para que el personal mantenga su vínculo con la Armada, lo que puede ser beneficioso para futuras convocatorias o reenganches.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del 218?

El personal que complete su periodo de enganche pasará a la Reserva por dos años, lo que permite mantener una reserva de personal capacitado. Esto es crucial para la operatividad de la Armada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La transición a la Reserva es una oportunidad para que el personal mantenga su vínculo con la Armada, lo que puede ser beneficioso para futuras convocatorias o reenganches.

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