218

Artículo 221. Funciones en combate

Los Cabos de mar de primera cubrirán las faltas de los Terceros Contramaestres en situaciones de combate y desembarcos.

combatefuncionesresponsabilidad

Texto Legal

En los ejercicios, combates, desembarcos y demás funciones de guerra, los Cabos de mar de primera cubrirán la falta de los Terceros Contramaestres.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La capacidad de los Cabos para asumir responsabilidades adicionales en combate es crucial. Deben estar preparados para actuar en situaciones de alta presión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 221 del 218?

Los Cabos de mar de primera cubrirán las faltas de los Terceros Contramaestres en situaciones de combate y desembarcos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 221 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La capacidad de los Cabos para asumir responsabilidades adicionales en combate es crucial. Deben estar preparados para actuar en situaciones de alta presión.

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