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Artículo 128. Ascensos por acciones distinguidas

Se premiará con ascenso a aquellos que hayan sido condecorados y se distingan nuevamente. Este artículo refuerza la importancia de la continuidad en el desempeño sobresaliente.

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Texto Legal

Se premiará también con ascenso o de la manera que el Gobierno determine, a los que habiéndoseles concedido la condecoración de una clase, volvieren a distinguirse de la misma manera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo promueve la cultura del mérito y la superación continua en la Armada. Los oficiales deben ser conscientes de que su desempeño puede abrirles oportunidades de ascenso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 128 del 218?

Se premiará con ascenso a aquellos que hayan sido condecorados y se distingan nuevamente. Este artículo refuerza la importancia de la continuidad en el desempeño sobresaliente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 128 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Este artículo promueve la cultura del mérito y la superación continua en la Armada. Los oficiales deben ser conscientes de que su desempeño puede abrirles oportunidades de ascenso.

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