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Artículo 114. Interrupciones en el tiempo de servicio

No se dispensará la interrupción de tiempo para la adquisición de condecoraciones y distintivos, sin importar el motivo. Esto establece un criterio estricto para la elegibilidad.

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Texto Legal

En ningún caso se dispensará, para la adquisición de las condecoraciones y distintivos de referencia, la interrupción de tiempo que se hubiere tenido, cualquiera que haya sido el motivo de ella.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La falta de dispensas para interrupciones puede afectar a muchos empleados. Es recomendable que los contadores informen sobre esta política para evitar malentendidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del 218?

No se dispensará la interrupción de tiempo para la adquisición de condecoraciones y distintivos, sin importar el motivo. Esto establece un criterio estricto para la elegibilidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La falta de dispensas para interrupciones puede afectar a muchos empleados. Es recomendable que los contadores informen sobre esta política para evitar malentendidos.

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