LGSM

Artículo 68. Transmisión por herencia

Las partes sociales son transmisibles por herencia. Sin embargo, el contrato social puede establecer que la transmisión hereditaria requiera el consentimiento de los demás socios.

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Texto Legal

Artículo 68 – Transmisión por herencia

Las partes sociales son transmisibles por herencia. Sin embargo, el contrato social puede establecer que la transmisión hereditaria requiera el consentimiento de los demás socios.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una forma societaria que combina elementos personalistas con la ventaja de la responsabilidad limitada de los socios. El límite de 50 socios y la estructura de partes sociales no negociables reflejan su naturaleza intermedia entre la sociedad de personas y la sociedad de capitales.

En la práctica empresarial mexicana, la S. de R.L. de C.V. es ampliamente utilizada para empresas familiares y negocios de mediana escala, donde los socios desean mantener un control más cercano sobre la composición del grupo societario y las decisiones de la empresa.

Para efectos fiscales, la S. de R.L. tributa como persona moral bajo el Título II de la Ley del ISR, con el mismo tratamiento que la Sociedad Anónima. La elección entre una S. de R.L. y una S.A. depende principalmente de consideraciones corporativas y de gobierno, más que de aspectos tributarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores destaca que la transmision de partes sociales por herencia opera de pleno derecho, a menos que los estatutos establezcan que los demas socios pueden adquirir las partes del socio fallecido. Es recomendable incluir clausulas sucesorias en los estatutos que regulen el ingreso de herederos para proteger la estabilidad y continuidad del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LGSM?

Las partes sociales son transmisibles por herencia. Sin embargo, el contrato social puede establecer que la transmisión hereditaria requiera el consentimiento de los demás socios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

SDV Asesores destaca que la transmision de partes sociales por herencia opera de pleno derecho, a menos que los estatutos establezcan que los demas socios pueden adquirir las partes del socio fallecido. Es recomendable incluir clausulas sucesorias en los estatutos que regulen el ingreso de herederos para proteger la estabilidad y continuidad del negocio.

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