LGSM

Artículo 23. Admisión de nuevos socios

Regula las condiciones para la admisión de nuevos socios en la sociedad, incluyendo el derecho de preferencia de los socios existentes y los requisitos de aprobación.

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Texto Legal

Artículo 23 – Protección contra pérdidas de capital

Los administradores que autoricen la repartición de utilidades en contravención a los artículos anteriores, serán solidariamente responsables de la devolución de dichas utilidades.

La responsabilidad de los administradores es solidaria, lo que significa que cualquiera de ellos puede ser requerido por la totalidad del monto repartido indebidamente, independientemente de su participación individual en la decisión.

Esta responsabilidad no puede ser eximida por el contrato social ni por acuerdo de la asamblea, pues se trata de una norma de orden público que protege tanto a los acreedores como a la propia sociedad.

Los administradores prudentes deben verificar, antes de proponer cualquier distribución de utilidades, que los estados financieros han sido debidamente aprobados, que no existen pérdidas pendientes de absorber y que se ha separado el porcentaje correspondiente a la reserva legal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores recomienda que la admision de nuevos socios se regule detalladamente en los estatutos. El ingreso de nuevos socios generalmente requiere el consentimiento de los demas, salvo disposicion estatutaria en contrario. Es importante documentar formalmente cada admision, establecer las condiciones de aportacion y actualizar el libro de socios para mantener la seguridad juridica de la sociedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 del LGSM?

Regula las condiciones para la admisión de nuevos socios en la sociedad, incluyendo el derecho de preferencia de los socios existentes y los requisitos de aprobación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

SDV Asesores recomienda que la admision de nuevos socios se regule detalladamente en los estatutos. El ingreso de nuevos socios generalmente requiere el consentimiento de los demas, salvo disposicion estatutaria en contrario. Es importante documentar formalmente cada admision, establecer las condiciones de aportacion y actualizar el libro de socios para mantener la seguridad juridica de la sociedad.

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