La empresa no estará obligada a indemnizar si se demuestra que el siniestro fue causado por dolo o mala fe del asegurado o beneficiario. Esto subraya la importancia de la honestidad.
En ningún caso quedará obligada la empresa, si probase que el siniestro se causó por dolo o mala fe del asegurado, del beneficiario o de sus respectivos causahabientes.
LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 04-04-2013 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los asegurados deben ser conscientes de las implicaciones legales de actuar de mala fe, ya que esto puede resultar en la pérdida total de sus derechos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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