211

Artículo 78. Responsabilidad por culpa

La aseguradora responderá por el siniestro incluso si fue causado por culpa del asegurado, salvo en casos de culpa grave. Esto proporciona cierta protección al asegurado.

responsabilidadculpaaseguradora

Texto Legal

La empresa aseguradora responderá del siniestro aun cuando éste haya sido causado por culpa del asegurado, y sólo se admitirá en el contrato la cláusula que libere a la empresa en caso de culpa grave.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los asegurados deben revisar las cláusulas de su póliza para entender las limitaciones de la responsabilidad de la aseguradora en casos de culpa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 78 del 211?

La aseguradora responderá por el siniestro incluso si fue causado por culpa del asegurado, salvo en casos de culpa grave. Esto proporciona cierta protección al asegurado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 78 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Los asegurados deben revisar las cláusulas de su póliza para entender las limitaciones de la responsabilidad de la aseguradora en casos de culpa.

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