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Artículo 49. Vigencia del seguro ante omisiones

Si hay omisiones en la declaración que no afectan a todas las cosas o personas aseguradas, el seguro seguirá vigente para las demás. Esto protege al asegurado en parte.

vigenciaomisionescontrato

Texto Legal

Cuando el contrato de seguro comprenda varias cosas o varias personas y la omisión o inexacta declaración no se refieran sino a algunas de esas cosas o de esas personas, el seguro quedará en vigor para las otras, si se comprueba que la empresa aseguradora las habría asegurado solas en las mismas condiciones. Fe de erratas al artículo DOF 13-09-1935

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es beneficioso para asegurados con múltiples bienes. Asegúrese de declarar correctamente para mantener la cobertura en otros activos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del 211?

Si hay omisiones en la declaración que no afectan a todas las cosas o personas aseguradas, el seguro seguirá vigente para las demás. Esto protege al asegurado en parte.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Este artículo es beneficioso para asegurados con múltiples bienes. Asegúrese de declarar correctamente para mantener la cobertura en otros activos.

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