211

Artículo 34. Vencimiento de la prima

La prima vencerá al momento de celebrar el contrato, salvo pacto en contrario. Esto establece un marco claro para el inicio de la cobertura.

vencimientoprimacontrato

Texto Legal

Salvo pacto en contrario, la prima vencerá en el momento de la celebración del contrato, por lo que se refiere al primer período del seguro; entendiéndose por período del seguro el lapso para el cual resulte calculada la unidad de la prima. En caso de duda, se entenderá que el período del seguro es de un año.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los asegurados comprendan cuándo deben realizar el pago de la prima para evitar la falta de cobertura. La claridad en el contrato es esencial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del 211?

La prima vencerá al momento de celebrar el contrato, salvo pacto en contrario. Esto establece un marco claro para el inicio de la cobertura.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Es fundamental que los asegurados comprendan cuándo deben realizar el pago de la prima para evitar la falta de cobertura. La claridad en el contrato es esencial.

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