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Artículo 32. Pago de prima en seguros de terceros

En seguros contratados por cuenta de terceros, la aseguradora puede exigir el pago de la prima al asegurado si el contratante resulta insolvente. Esto puede generar responsabilidades adicionales.

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Texto Legal

En el seguro por cuenta de tercero, la empresa aseguradora podrá reclamar del asegurado el pago de la prima cuando el contratante que obtuvo la póliza resulte insolvente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los asegurados conozcan esta posibilidad para evitar sorpresas. La insolvencia del contratante puede afectar directamente sus obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del 211?

En seguros contratados por cuenta de terceros, la aseguradora puede exigir el pago de la prima al asegurado si el contratante resulta insolvente. Esto puede generar responsabilidades adicionales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Es crucial que los asegurados conozcan esta posibilidad para evitar sorpresas. La insolvencia del contratante puede afectar directamente sus obligaciones.

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