El contratante del seguro debe pagar la prima en su domicilio, a menos que se estipule lo contrario. Esto establece una obligación clara para el asegurado.
El contratante del seguro estará obligado a pagar la prima en su domicilio, si no hay estipulación expresa en contrario. Artículo reformado DOF 15-04-1946
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegúrese de que los clientes entiendan su obligación de pago para evitar problemas de cobertura. La ubicación del pago también puede tener implicaciones fiscales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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