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Artículo 20. Contenido de la poliza

La póliza debe incluir información clave como los nombres de los contratantes, riesgos garantizados y monto de la garantía. Esto asegura claridad en los derechos y obligaciones de las partes.

contenidopolizaderechos y obligaciones

Texto Legal

La empresa aseguradora estará obligada a entregar al contratante del seguro, una póliza en la que consten los derechos y obligaciones de las partes. La póliza deberá contener:

I.- Los nombres, domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora;

II.- La designación de la cosa o de la persona asegurada;

III.- La naturaleza de los riesgos garantizados;

IV.- El momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la duración de esta garantía;

V.- El monto de la garantía;

VI.- La cuota o prima del seguro;

VII.- En su caso, la mención específica de que se trata de un seguro obligatorio a los que hace referencia el artículo 150 Bis de esta Ley, y Fracción adicionada DOF 04-04-2013

VIII.- Las demás cláusulas que deban figurar en la póliza, de acuerdo con las disposiciones legales, así como las convenidas lícitamente por los contratantes. Fracción reformada y recorrida DOF 04-04-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Revisar el contenido de la póliza es fundamental para entender los derechos y obligaciones. Cualquier omisión puede resultar en problemas en el momento de un siniestro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del 211?

La póliza debe incluir información clave como los nombres de los contratantes, riesgos garantizados y monto de la garantía. Esto asegura claridad en los derechos y obligaciones de las partes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Revisar el contenido de la póliza es fundamental para entender los derechos y obligaciones. Cualquier omisión puede resultar en problemas en el momento de un siniestro.

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