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Artículo 199. Derechos en seguros colectivos

El seguro colectivo contra accidentes otorga derechos al beneficiario desde el momento del accidente. Este artículo asegura que los beneficiarios estén protegidos inmediatamente.

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Texto Legal

El seguro colectivo contra los accidentes dará al beneficiario un derecho propio contra la empresa aseguradora, desde que el accidente ocurra. Artículo recorrido (antes artículo 188) DOF 04-04-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que los asegurados revisen las condiciones de sus seguros colectivos para entender los derechos que tienen en caso de accidentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 199 del 211?

El seguro colectivo contra accidentes otorga derechos al beneficiario desde el momento del accidente. Este artículo asegura que los beneficiarios estén protegidos inmediatamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 199 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Es recomendable que los asegurados revisen las condiciones de sus seguros colectivos para entender los derechos que tienen en caso de accidentes.

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