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Artículo 196. Derechos del beneficiario

El beneficiario pierde derechos si atenta contra el asegurado. Este artículo establece una clara consecuencia para acciones injustas contra el asegurado.

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Texto Legal

El beneficiario perderá todos sus derechos si atenta injustamente contra la persona del asegurado. Si la muerte de la persona asegurada es causada injustamente por quien celebró el contrato, el seguro será ineficaz, pero los herederos del asegurado tendrán derecho a la reserva matemática. Artículo recorrido (antes artículo 185) DOF 04-04-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los beneficiarios comprendan las implicaciones de sus acciones. Actuar de manera ética es clave para mantener sus derechos sobre el seguro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 196 del 211?

El beneficiario pierde derechos si atenta contra el asegurado. Este artículo establece una clara consecuencia para acciones injustas contra el asegurado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 196 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Es fundamental que los beneficiarios comprendan las implicaciones de sus acciones. Actuar de manera ética es clave para mantener sus derechos sobre el seguro.

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