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Artículo 186. Derechos de herederos diversos

Los herederos designados como beneficiarios tendrán derecho al seguro según su derecho de sucesión, a menos que el asegurado haya establecido otra forma de distribución. Esto proporciona flexibilidad en la planificación patrimonial.

herederosbeneficiariossucesión

Texto Legal

Cuando herederos diversos a los que alude el artículo anterior, fueren designados como beneficiarios, tendrán derecho al seguro según su derecho de sucesión.

Esta disposición y la del artículo anterior se aplicarán siempre que el asegurado no haya establecido la forma de distribución del seguro. Párrafo adicionado DOF 15-04-1946 Artículo recorrido (antes artículo 175) DOF 04-04-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es esencial que los asegurados consideren cómo desean distribuir sus beneficios en caso de fallecimiento. La claridad en la póliza puede prevenir disputas entre herederos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 186 del 211?

Los herederos designados como beneficiarios tendrán derecho al seguro según su derecho de sucesión, a menos que el asegurado haya establecido otra forma de distribución. Esto proporciona flexibilidad en la planificación patrimonial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 186 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Es esencial que los asegurados consideren cómo desean distribuir sus beneficios en caso de fallecimiento. La claridad en la póliza puede prevenir disputas entre herederos.

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