211

Artículo 166. Cambio de plan de seguro

Si el contrato de seguro permite cambiar el plan, la obligación del asegurado no será inferior a la diferencia entre las reservas matemáticas. Esto establece un marco para la modificación del contrato.

cambio de planobligacionreserva matematica

Texto Legal

En el seguro de persona, si el contrato confiere al asegurado la facultad de cambiar el plan del seguro, la obligación que tenga que satisfacer el asegurado por la conversión no será inferior a la diferencia entre la reserva matemática existente y la que deba constituirse para el nuevo plan en el momento de operar el cambio. Artículo reformado DOF 15-04-1946. Recorrido (antes artículo 155) DOF 04-04-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo aclara las implicaciones financieras de cambiar el plan de seguro. Los asegurados deben evaluar cuidadosamente las consecuencias antes de solicitar un cambio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del 211?

Si el contrato de seguro permite cambiar el plan, la obligación del asegurado no será inferior a la diferencia entre las reservas matemáticas. Esto establece un marco para la modificación del contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Este artículo aclara las implicaciones financieras de cambiar el plan de seguro. Los asegurados deben evaluar cuidadosamente las consecuencias antes de solicitar un cambio.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 166 del 211?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 166 211 desde tu celular