La póliza de seguro sobre las personas debe incluir información específica como el nombre del asegurado y el beneficiario. Estos requisitos son esenciales para la validez del contrato.
La póliza del seguro sobre las personas, además de los requisitos del artículo 20 de la presente ley, deberá contener los siguientes:
I.- El nombre completo y fecha de nacimiento de la persona o personas sobre quienes recaiga el seguro.
II.- El nombre completo del beneficiario si hay alguno determinado;
III.- El acontecimiento o el término del cual dependa la exigibilidad de las sumas aseguradas, y
IV.- En su caso, los valores garantizados. Artículo recorrido (antes artículo 153) DOF 04-04-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que la póliza contenga toda la información requerida para evitar problemas en la reclamación de beneficios. Los asegurados deben revisar cuidadosamente su póliza antes de firmarla.
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