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Artículo 124. Responsabilidad por daños directos

En ausencia de un convenio diferente, la empresa aseguradora solo responderá por daños materiales directamente causados por incendio o principio de incendio. Esto delimita la cobertura de la póliza.

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Texto Legal

Si no hay convenio en otro sentido, la empresa responderá solamente de los daños materiales que resulten directamente del incendio o del principio de incendio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los asegurados deben revisar cuidadosamente las condiciones de su póliza para entender la extensión de la cobertura. Asegurarse de que los daños indirectos estén cubiertos puede ser crucial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 124 del 211?

En ausencia de un convenio diferente, la empresa aseguradora solo responderá por daños materiales directamente causados por incendio o principio de incendio. Esto delimita la cobertura de la póliza.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 124 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Los asegurados deben revisar cuidadosamente las condiciones de su póliza para entender la extensión de la cobertura. Asegurarse de que los daños indirectos estén cubiertos puede ser crucial.

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