La aseguradora que paga la indemnización se subroga en los derechos del asegurado contra terceros. Esto permite a la aseguradora recuperar parte de sus pérdidas.
La empresa aseguradora que pague la indemnización se subrogará hasta la cantidad pagada, en todos los derechos y acciones contra terceros que por causa del daño sufrido correspondan al asegurado.
En el seguro de caución, la aseguradora se subrogará, hasta el límite de la indemnización pagada, en los derechos y acciones que por razón del siniestro tenga el asegurado frente al contratante del seguro y, en su caso, ante otros responsables del mismo. Párrafo adicionado DOF 04-04-2013
LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 04-04-2013 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
La empresa podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, si la subrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del asegurado.
Si el daño fue indemnizado sólo en parte, el asegurado y la empresa aseguradora concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien si es civilmente responsable de la misma. Párrafo adicionado DOF 02-01-2002
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los asegurados deben entender cómo funciona la subrogación, ya que puede afectar sus derechos en reclamaciones. Es recomendable consultar con un abogado para clarificar estos aspectos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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