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Artículo 105. Efectos de la reducción de seguros

Si el riesgo ya estaba en curso al contratar un nuevo seguro, la reducción no tendrá efecto hasta que sea reclamada. Esto limita la protección del asegurado en ciertos escenarios.

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Texto Legal

Si al contratarse el nuevo seguro, el riesgo hubiere comenzado ya a correr para alguno de los aseguradores previos, la reducción no producirá efecto sino a partir del momento en que fuere reclamada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los asegurados deben tener cuidado al contratar nuevos seguros si ya hay riesgos en curso. Es recomendable consultar con un abogado para evitar problemas de cobertura.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 105 del 211?

Si el riesgo ya estaba en curso al contratar un nuevo seguro, la reducción no tendrá efecto hasta que sea reclamada. Esto limita la protección del asegurado en ciertos escenarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 105 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] Los asegurados deben tener cuidado al contratar nuevos seguros si ya hay riesgos en curso. Es recomendable consultar con un abogado para evitar problemas de cobertura.

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