Si el asegurado omite intencionalmente informar sobre otros seguros, las aseguradoras quedarán liberadas de sus obligaciones. Esto resalta la importancia de la transparencia en la contratación de seguros.
Si el asegurado omite intencionalmente el aviso de que trata el artículo anterior, o si contrata los diversos seguros para obtener un provecho ilícito, los aseguradores quedarán liberados de sus obligaciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es recomendable que los asegurados mantengan un registro de sus pólizas y notifiquen cualquier cambio. La omisión puede llevar a la pérdida de cobertura y a problemas legales.
Anterior
Art. 100. Obligación de informar sobre seguros
Siguiente
Art. 102. Validez de seguros concurrentes
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo