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Artículo 210. Tiendas y farmacias del IMSS

Establece que el IMSS podrá establecer tiendas y farmacias que ofrezcan productos a precios económicos para sus derechohabientes como parte de las prestaciones sociales.

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Texto Legal

Artículo 210 – Tiendas del IMSS

El Instituto podrá establecer y operar tiendas, farmacias y otros establecimientos que ofrezcan productos y servicios a sus derechohabientes a precios accesibles.

Tipos de establecimientos


EstablecimientoFunción
Farmacias IMSSVenta de medicamentos a precio reducido
Tiendas IMSSProductos de consumo básico
ÓpticasLentes y aparatos ópticos

Objetivo

Estas tiendas tienen como finalidad:
- Complementar las prestaciones médicas (farmacias)
- Mejorar el poder adquisitivo de los derechohabientes
- Ofrecer productos de calidad a precios económicos

Acceso

Los servicios están disponibles para todos los derechohabientes del IMSS, presentando su credencial vigente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desde la perspectiva de SDV, este articulo sobre las tiendas y farmacias del IMSS complementa las prestaciones sociales al ofrecer productos a precios accesibles para los derechohabientes. Las farmacias del IMSS ofrecen medicamentos a precios significativamente menores que el mercado, lo cual es un beneficio relevante para los trabajadores y sus familias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 210 del LSS?

Establece que el IMSS podrá establecer tiendas y farmacias que ofrezcan productos a precios económicos para sus derechohabientes como parte de las prestaciones sociales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 210 de la Ley del Seguro Social?

Desde la perspectiva de SDV, este articulo sobre las tiendas y farmacias del IMSS complementa las prestaciones sociales al ofrecer productos a precios accesibles para los derechohabientes. Las farmacias del IMSS ofrecen medicamentos a precios significativamente menores que el mercado, lo cual es un beneficio relevante para los trabajadores y sus familias.

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