LSS

Artículo 161. Seguro de vejez – condiciones generales

Establece las condiciones generales para acceder a las prestaciones del seguro de vejez, complementando los requisitos específicos de edad y semanas de cotización.

vejezcondiciones generales65 añossemanas de cotizacióncompatibilidad con trabajo

Texto Legal

Artículo 161 – Condiciones del Seguro de Vejez

El ramo de vejez da derecho al asegurado al otorgamiento de las prestaciones señaladas en este capítulo, previo cumplimiento de los requisitos.

Condiciones generales

1. Edad: Cumplir 65 años de edad
2. Semanas de cotización: Tener reconocidas las semanas mínimas según la tabla transitoria
3. Solicitud: El asegurado debe solicitar la pensión; no se otorga de oficio
4. No requiere estar desempleado: A diferencia de la cesantía, puede solicitarse estando activo

Diferencia con cesantía


AspectoCesantía (Art. 154)Vejez (Art. 161-162)
Edad60 años65 años
Porcentaje75-95%100%
Requisito laboralEstar sin empleoNo se requiere

Compatibilidad con el trabajo

El pensionado por vejez puede seguir trabajando; en ese caso, el patrón cubre cuotas por todos los seguros excepto cesantía en edad avanzada y vejez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo regula las condiciones para la devolucion de saldo de la cuenta individual cuando el trabajador no reune los requisitos de pension. SDV destaca que el trabajador puede retirar sus fondos en una sola exhibicion cuando no cumple con las semanas de cotizacion requeridas, pero esto significa renunciar al derecho a una pension.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 161 del LSS?

Establece las condiciones generales para acceder a las prestaciones del seguro de vejez, complementando los requisitos específicos de edad y semanas de cotización.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 161 de la Ley del Seguro Social?

Este articulo regula las condiciones para la devolucion de saldo de la cuenta individual cuando el trabajador no reune los requisitos de pension. SDV destaca que el trabajador puede retirar sus fondos en una sola exhibicion cuando no cumple con las semanas de cotizacion requeridas, pero esto significa renunciar al derecho a una pension.

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