LSS

Artículo 110. Dictamen de invalidez por enfermedad no profesional

Establece que cuando un asegurado alcance el máximo de semanas de subsidio por enfermedad general sin recuperarse, el IMSS emitirá un dictamen de invalidez para determinar si procede una pensión.

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Texto Legal

Artículo 110 – Dictamen de Invalidez

Si al concluir el período de 52 semanas de subsidio por enfermedad general, el asegurado no puede reincorporarse al trabajo, el Instituto le practicará los estudios médicos necesarios para determinar el estado de invalidez.

Proceso de dictamen

1. Se agotan las 52 semanas de subsidio (o 78 con prórroga)
2. El IMSS practica valoración médica integral
3. Se emite dictamen de invalidez (ST-4)
4. Si procede, se otorga pensión por invalidez

Resultados posibles


ResultadoConsecuencia
Se declara invalidezPensión por invalidez (Art. 112 y siguientes)
No se declara invalidezSe suspende subsidio y el trabajador debe reincorporarse
Invalidez parcialSe valora conforme al porcentaje de reducción de capacidad

Requisitos para pensión por invalidez

- Tener 250 semanas de cotización (150 si menor de 46 años)
- Que la invalidez represente una reducción del 50% o más en la capacidad de trabajo
- Dictamen favorable del IMSS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo regula las aportaciones del Estado al seguro de enfermedades y maternidad. SDV destaca que la aportacion estatal es un componente fundamental del financiamiento tripartito que reduce la carga para patrones y trabajadores. Cualquier modificacion a esta aportacion impacta directamente el equilibrio financiero del ramo y potencialmente las cuotas obrero-patronales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 110 del LSS?

Establece que cuando un asegurado alcance el máximo de semanas de subsidio por enfermedad general sin recuperarse, el IMSS emitirá un dictamen de invalidez para determinar si procede una pensión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 110 de la Ley del Seguro Social?

Este articulo regula las aportaciones del Estado al seguro de enfermedades y maternidad. SDV destaca que la aportacion estatal es un componente fundamental del financiamiento tripartito que reduce la carga para patrones y trabajadores. Cualquier modificacion a esta aportacion impacta directamente el equilibrio financiero del ramo y potencialmente las cuotas obrero-patronales.

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