Los usuarios que deseen que la concesionaria responda por el valor total de sus bienes deben declarar su valor y pagar un cargo adicional. De no hacerlo, la responsabilidad se limita a una cantidad específica.
En los casos en que la persona usuaria del servicio pretenda que la persona concesionaria o asignataria responda ante la pérdida o daño que puedan sufrir sus bienes por el precio total de los mismos, inclusive los derivados de caso fortuito o fuerza mayor, deberá declarar el valor correspondiente y, en su caso, cubrir un cargo adicional equivalente al costo de la garantía respectiva que pacte con la persona concesionaria o asignataria. Párrafo reformado DOF 16-07-2025
Cuando el usuario del servicio no declare el valor de la mercancía, la responsabilidad quedará limitada a la cantidad equivalente a 15 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal por tonelada, o la parte proporcional que corresponda tratándose de embarque de menor peso.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los usuarios deben ser informados sobre la importancia de declarar el valor de sus mercancías. Las concesionarias deben tener procedimientos claros para manejar estas declaraciones y los cargos asociados.
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