Las concesionarias deben garantizar la seguridad de los pasajeros y responder por daños sufridos durante el trayecto, incluyendo la obligación de proporcionar un seguro.
Las medidas que adopten las personas concesionarias y asignatarias del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros, deberán ser suficientes para garantizar la seguridad e integridad de los pasajeros durante el trayecto, desde que aborden hasta que desciendan del vehículo.
Las personas concesionarias y asignatarias responderán a las personas usuarias por los daños que sufran en su persona o en su equipaje en la prestación del servicio.
En todo caso, las personas concesionarias y asignatarias deberán proporcionar un seguro que ampare los daños que pudieren ocasionarse a su persona y a su equipaje. Artículo reformado DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es vital que las concesionarias implementen medidas adecuadas para la seguridad de los pasajeros. La contratación de seguros es una práctica recomendada para mitigar riesgos y responsabilidades.
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