LRSF

Artículo 20. Causas de terminación de concesiones

Las concesiones pueden terminar por vencimiento, renuncia, revocación, rescate, desaparición del objeto o liquidación. Las obligaciones persisten tras la terminación.

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Texto Legal

Las concesiones y permisos, según sea el caso, terminan por:

I. Vencimiento del plazo establecido en la concesión o el permiso o las prórrogas que se hubieren otorgado;

II. Renuncia del titular;

III. Revocación;

IV. Rescate;

V. Desaparición del objeto de la concesión o permiso, y

VI. Liquidación o quiebra de la concesionaria o permisionaria.

La terminación de la concesión o el permiso no extingue las obligaciones contraídas por el titular durante su vigencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los concesionarios deben estar preparados para las diversas causas de terminación. Mantener un buen cumplimiento de obligaciones es crucial para evitar complicaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LRSF?

Las concesiones pueden terminar por vencimiento, renuncia, revocación, rescate, desaparición del objeto o liquidación. Las obligaciones persisten tras la terminación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY Reglamentaria del Servicio Ferroviario?

[IA] Los concesionarios deben estar preparados para las diversas causas de terminación. Mantener un buen cumplimiento de obligaciones es crucial para evitar complicaciones.

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