El título de concesión debe incluir información detallada sobre la concesionaria y el objeto de la concesión. Este artículo establece los requisitos mínimos para el contrato.
El título de concesión o asignación deberá contener, como mínimo, lo siguiente: Párrafo reformado DOF 16-07-2025
I. Nombre y domicilio de la persona concesionaria o asignataria; Fracción reformada DOF 16-07-2025
II. Objeto:
a) La vía troncal, ruta o ramal a cubrir por la concesión o asignación; Inciso reformado DOF 16-07-2025
b) La descripción de los bienes, obras e instalaciones que, en su caso, se concesionan o asignan, así como los compromisos de conservación y mantenimiento de los mismos, y Inciso reformado DOF 16-07-2025
c) Las características y especificaciones del servicio público de transporte ferroviario que, en su caso, se concesiona o asigna. Inciso reformado DOF 16-07-2025
III. Los servicios auxiliares que, en su caso, podrán prestarse;
IV. Los programas de inversión, construcción, explotación, conservación y modernización de la infraestructura;
V. Los derechos y obligaciones de las personas concesionarias o asignatarias; Fracción reformada DOF 16-07-2025
VI. Los indicadores de eficiencia y seguridad para la evaluación correspondiente;
VII. El periodo de vigencia;
VIII. Las características y el monto de la garantía que, en su caso, deberá otorgar la persona concesionaria o asignataria, y Fracción reformada DOF 16-07-2025
IX. En su caso, forma de pago de las contraprestaciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegurarse de que el título de concesión cumpla con todos los requisitos es fundamental para evitar problemas legales. Los abogados deben revisar minuciosamente estos documentos.
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