La exploración de minerales radiactivos es responsabilidad del Consejo de Recursos Minerales, bajo la supervisión de la Secretaría de Energía.
La exploración de minerales radioactivos estará a cargo exclusivo y directo del organismo público federal descentralizado denominado Consejo de Recursos Minerales, tanto en terrenos libres como no libres. Esta actividad se ajustará al programa y condiciones técnicas que determine la Secretaría de Energía la cual asignará al Organismo mencionado los lotes que se requieran, para la prospección y exploración de dichos minerales. Artículo reformado DOF 09-04-2012
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los interesados en la exploración deben coordinarse con el Consejo para asegurar el cumplimiento de los lineamientos establecidos.
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Art. 8. Sanciones por explotación no autorizada
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Art. 10. Asignaciones para explotación
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