Establece la obligacion del responsable de informar a los titulares de los datos, la informacion que se recaba de ellos y con que fines, a traves del aviso de privacidad que debe ponerse a disposicion previo al tratamiento.
El responsable tendra la obligacion de informar a los titulares de los datos, la informacion que se recaba de ellos y con que fines, a traves del aviso de privacidad.
El aviso de privacidad debe ponerse a disposicion del titular previo al tratamiento de sus datos personales. Esto significa que antes de recabar cualquier dato personal, el titular debe tener acceso al aviso de privacidad.
El aviso de privacidad puede ponerse a disposicion del titular por diversos medios:
- Fisicamente: Entrega personal del documento, exhibicion en establecimiento
- Electronicamente: Correo electronico, pagina web, formularios en linea
- Verbalmente: Cuando la naturaleza de los datos lo permita (solo para datos no sensibles)
La puesta a disposicion del aviso de privacidad es condicion necesaria para la validez del consentimiento. Un consentimiento otorgado sin conocimiento previo del aviso de privacidad carece de eficacia juridica.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La obligacion de informar mediante el aviso de privacidad es previo al tratamiento, no simultaneo ni posterior. Muchas empresas cometen el error de recabar datos primero y poner a disposicion el aviso despues, lo que invalida el consentimiento. Recomendamos integrar el aviso de privacidad en todos los puntos de contacto donde se recaben datos: formularios web, contratos, solicitudes de empleo, registros en tienda y cualquier otro canal de recopilacion.
Art. 6. Principios rectores de la proteccion de datos
Establece los ocho principios rectores que deben observar los responsables en el tratamiento de datos personales: licitud, consentimiento, informacion, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad.
Art. 16. Contenido del aviso de privacidad
Establece los elementos minimos que debe contener el aviso de privacidad: identidad del responsable, datos que se recaban, finalidades, mecanismos para ejercer derechos ARCO, medios para limitar uso o divulgacion, transferencias, clausula de cambios y consentimiento para datos sensibles.
Art. 17. Puesta a disposicion del aviso de privacidad
Regula las diferentes formas en que el aviso de privacidad debe ponerse a disposicion de los titulares segun el medio de recabacion de datos: personal, directo, indirecto o por medios electronicos.
Art. 18. Datos obtenidos indirectamente
Regula la obligacion del responsable cuando obtiene datos personales de forma indirecta, es decir, sin recabarlos directamente del titular, debiendo comunicar el aviso de privacidad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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