LFPCA

Artículo 58-O. Presentación de demanda en línea

Regula los requisitos específicos para la presentación de la demanda a través del Sistema de Justicia en Línea del TFJA.

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Texto Legal

Artículo 58-O – Presentación de Demanda en Línea

La demanda se presentará a través del Sistema de Justicia en Línea, cumpliendo con los requisitos del artículo 14 de esta Ley.

Requisitos adicionales en línea

- La demanda debe estar firmada electrónicamente
- Los documentos anexos deben estar digitalizados en los formatos aceptados
- Se genera un acuse de recibo electrónico con fecha y hora de presentación
- Una vez presentada, no puede modificarse sin nueva promoción

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La presentación electrónica ofrece la ventaja de la certeza en la fecha y hora de presentación. En SDV Asesores verificamos que todos los documentos se adjunten correctamente antes de enviar la demanda a través del sistema.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58-O del LFPCA?

Regula los requisitos específicos para la presentación de la demanda a través del Sistema de Justicia en Línea del TFJA.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58-O de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La presentación electrónica ofrece la ventaja de la certeza en la fecha y hora de presentación. En SDV Asesores verificamos que todos los documentos se adjunten correctamente antes de enviar la demanda a través del sistema.

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