Complementa las reglas del recurso de revisión fiscal, estableciendo los requisitos de procedencia relacionados con la importancia y trascendencia del asunto.
Para la procedencia del recurso de revisión, la autoridad deberá acreditar que el asunto es de importancia y trascendencia, lo que se presumirá cuando:
I. Exceda la cuantía señalada en la ley.
II. Se trate de resoluciones emitidas por organismos reguladores.
III. Se trate de interpretación de leyes o reglamentos federales.
IV. El asunto verse sobre la constitucionalidad de leyes o tratados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La importancia y trascendencia es un requisito de procedencia que la autoridad debe acreditar. En SDV Asesores, cuando la autoridad interpone revisión fiscal, analizamos si se cumple este requisito para solicitar el desechamiento del recurso cuando no se justifica.
Art. 58-1. Recurso de revisión
Regula el recurso de revisión que pueden interponer las autoridades demandadas contra las sentencias definitivas del TFJA que les resulten desfavorables, ante los Tribunales Colegiados de Circuito.
Art. 58-7. Improcedencia del recurso de revisión
Señala los supuestos en que el recurso de revisión es improcedente, incluyendo cuando la cuantía del asunto no exceda el monto establecido o cuando se trate de cuestiones de mero trámite.
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Art. 58-7. Improcedencia del recurso de revisión
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Art. 58-9. Juicio de resolución exclusiva de fondo
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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