LFPCA

Artículo 58-11. Improcedencia del juicio de resolución exclusiva de fondo

Señala los supuestos en que no procede el juicio de resolución exclusiva de fondo, como cuando se controvierten actos de carácter formal, resoluciones de recursos administrativos o actos que no determinen créditos fiscales.

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Texto Legal

Artículo 58-11 – Improcedencia del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo

El juicio de resolución exclusiva de fondo será improcedente:

I. Cuando se impugnen resoluciones que no determinen la existencia o cuantía de un crédito fiscal.

II. Cuando el monto del crédito fiscal no exceda el mínimo establecido en el artículo anterior.

III. Cuando se controviertan exclusivamente cuestiones de procedimiento o de forma.

IV. Cuando se trate de resoluciones emitidas en cumplimiento de sentencias del propio Tribunal o de Tribunales Colegiados de Circuito.

V. Cuando se impugnen resoluciones dictadas en recursos administrativos.

Efectos de la improcedencia

Cuando la Sala determine que el juicio de resolución exclusiva de fondo es improcedente, el particular podrá promover el juicio contencioso administrativo ordinario dentro de los plazos que aún le resten, computados a partir de la notificación de la resolución de improcedencia.

Análisis oficioso

La improcedencia puede ser analizada de oficio por la Sala en cualquier etapa del juicio, por lo que el particular debe asegurarse de cumplir con todos los requisitos antes de optar por esta vía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental verificar que no se actualice ninguna causal de improcedencia antes de elegir esta vía. En SDV Asesores realizamos un análisis exhaustivo de la resolución impugnada para confirmar que reúne todos los requisitos de procedencia y evitar la pérdida de la oportunidad procesal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58-11 del LFPCA?

Señala los supuestos en que no procede el juicio de resolución exclusiva de fondo, como cuando se controvierten actos de carácter formal, resoluciones de recursos administrativos o actos que no determinen créditos fiscales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58-11 de la Ley de Procedimiento Contencioso?

Es fundamental verificar que no se actualice ninguna causal de improcedencia antes de elegir esta vía. En SDV Asesores realizamos un análisis exhaustivo de la resolución impugnada para confirmar que reúne todos los requisitos de procedencia y evitar la pérdida de la oportunidad procesal.

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