LRSIC

Artículo 47. Reporte de Crédito tras Modificación

Después de una modificación por reclamación, la Sociedad debe enviar un nuevo Reporte de Crédito Especial al Cliente y a los Usuarios que recibieron información previa. Esto garantiza que todos tengan acceso a la información actualizada.

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Texto Legal

En los casos en que como resultado de una reclamación se realice una modificación a la información del Cliente contenida en la base de datos de la Sociedad, ésta deberá enviar al Cliente un nuevo Reporte de Crédito Especial a través de los medios pactados con él, dentro de los cinco días hábiles posteriores a aquél en que se haya resuelto la reclamación. Adicionalmente, en un plazo que no podrá exceder de cinco días hábiles a partir de la fecha de resolución de dicha reclamación, la Sociedad deberá enviar un Reporte de Crédito actualizado a los Usuarios que hubieran recibido información sobre el Cliente en los últimos seis meses y a las demás Sociedades. El costo de los Reportes anteriores y su envío será cubierto por el Usuario o la Sociedad, dependiendo de a quien sea imputable el error en la información contenida en la referida base de datos.

LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 24-01-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Las reclamaciones que presente un Cliente en una misma fecha, se considerarán para los efectos señalados en este artículo como una sola reclamación. Artículo reformado DOF 01-02-2008

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La actualización de los Reportes de Crédito es clave para mantener la transparencia en la información crediticia. Los Clientes deben estar atentos a la recepción de estos reportes tras una reclamación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LRSIC?

Después de una modificación por reclamación, la Sociedad debe enviar un nuevo Reporte de Crédito Especial al Cliente y a los Usuarios que recibieron información previa. Esto garantiza que todos tengan acceso a la información actualizada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY para Regular las Sociedades de Información ...?

[IA] La actualización de los Reportes de Crédito es clave para mantener la transparencia en la información crediticia. Los Clientes deben estar atentos a la recepción de estos reportes tras una reclamación.

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