LRSIC

Artículo 33. Verificación de Identidad

Las Sociedades deben contar con sistemas para verificar la identidad del Usuario o Cliente, aprobados por su consejo de administración. Esto es crucial para proteger la información confidencial.

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Texto Legal

La Sociedad deberá contar con sistemas y procesos para verificar la identidad del Usuario o del Cliente mediante el proceso de autenticación que ésta determine, el cual deberá ser aprobado previamente por el propio consejo de administración de la Sociedad, a fin de salvaguardar la confidencialidad de la información en los términos de las disposiciones legales aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La verificación de identidad es un paso crítico para prevenir fraudes. Los contadores deben asegurarse de que sus Clientes implementen procesos robustos de autenticación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LRSIC?

Las Sociedades deben contar con sistemas para verificar la identidad del Usuario o Cliente, aprobados por su consejo de administración. Esto es crucial para proteger la información confidencial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY para Regular las Sociedades de Información ...?

[IA] La verificación de identidad es un paso crítico para prevenir fraudes. Los contadores deben asegurarse de que sus Clientes implementen procesos robustos de autenticación.

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