Las Sociedades pueden invertir en títulos representativos del capital social de empresas que ofrezcan servicios complementarios o auxiliares. También se permite la inversión en sociedades inmobiliarias que administren bienes para sus oficinas.
Las Sociedades podrán invertir en títulos representativos del capital social de empresas que les presten servicios complementarios o auxiliares en su administración o en la realización de su objeto, así como de sociedades inmobiliarias que sean propietarias o administradoras de bienes destinados a sus oficinas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las Sociedades evalúen las oportunidades de inversión en empresas auxiliares, ya que esto puede diversificar sus operaciones y generar ingresos adicionales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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