Se establecen sanciones para quienes realicen actividades sin la autorización correspondiente, con multas que pueden ser significativas. Este artículo es clave para la regulación del sector.
Las personas que realicen actividades, servicios u operaciones para las que esta Ley prevé que se requiere una autorización, sin tenerla, serán sancionadas con multa de 1,000 a 25,000 días de salario, de acuerdo a lo siguiente:
I. A las personas morales y establecimientos distintos a los autorizados que en su nombre usen las palabras caja, caja popular, caja de ahorro, caja solidaria, caja comunitaria, caja rural, cooperativa financiera, cooperativa de ahorro y crédito, cooperativa de ahorro y préstamo u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, salvo aquellas exceptuadas por el segundo párrafo del Artículo 3 de esta Ley.
II. A las personas morales y establecimientos distintos a las reguladas por la presente Ley que en su nombre expresen ideas en cualquier idioma, por las que pueda inferirse que se trata de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las sociedades cooperativas deben asegurarse de contar con todas las autorizaciones necesarias para operar. Los contadores deben verificar que se cumplan los requisitos legales para evitar sanciones severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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