LOAM

Artículo 91. Licencia ilimitada y servicio medico

El personal naval en licencia ilimitada se regira por la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas en cuanto al servicio medico integral. Esto asegura que los beneficiarios mantengan acceso a servicios de salud durante su licencia.

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Texto Legal

El personal naval que se encuentre haciendo uso de licencia ilimitada, se sujetará a lo establecido en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, respecto del beneficio del servicio médico integral.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que el personal naval conozca sus derechos a la salud durante la licencia. Asegurarse de que los trámites necesarios se realicen correctamente es crucial para evitar problemas futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 91 del LOAM?

El personal naval en licencia ilimitada se regira por la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas en cuanto al servicio medico integral. Esto asegura que los beneficiarios mantengan acceso a servicios de salud durante su licencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 91 de la LEY Orgánica de la Armada de México?

[IA] Es importante que el personal naval conozca sus derechos a la salud durante la licencia. Asegurarse de que los trámites necesarios se realicen correctamente es crucial para evitar problemas futuros.

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