LOAM

Artículo 90. Facultades del Alto Mando

El Alto Mando tiene la facultad de otorgar, modificar o cancelar licencias conforme a la ley. Este artículo es esencial para entender la autoridad en la gestión de licencias.

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Texto Legal

Es facultad del Alto Mando otorgar, modificar o cancelar las licencias establecidas en la presente Ley, conforme a lo dispuesto por los ordenamientos aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los abogados comprendan las limitaciones y poderes del Alto Mando en la gestión de licencias para asesorar adecuadamente a los miembros de la Armada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LOAM?

El Alto Mando tiene la facultad de otorgar, modificar o cancelar licencias conforme a la ley. Este artículo es esencial para entender la autoridad en la gestión de licencias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la LEY Orgánica de la Armada de México?

[IA] Es importante que los abogados comprendan las limitaciones y poderes del Alto Mando en la gestión de licencias para asesorar adecuadamente a los miembros de la Armada.

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