El personal de la milicia permanente puede obtener grados mediante procedimientos establecidos o estudios. Este artículo resalta la importancia de la educación en el ascenso profesional.
El personal de la milicia permanente, Núcleo o Escala de los diferentes servicios, sin distinción de género, podrá obtener los distintos grados conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Ascensos de la Armada de México o realizando estudios de acuerdo con las necesidades de las planillas orgánicas autorizadas y acordes a su profesión, por su cuenta y sin perjuicio del servicio, pudiendo obtener los grados de: I. Teniente de Corbeta, con licenciatura; II. Teniente de Fragata, con maestría; III. Teniente de Navío, con especialidad médica o doctorado, y IV. Capitán de Corbeta, con subespecialidad médica o postdoctorado. Lo anterior, estará sujeto a que dichos estudios resulten de utilidad a la Armada de México y que exista vacante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La posibilidad de ascensos mediante estudios es un aspecto motivador para el personal naval. Los abogados deben asesorar sobre las oportunidades educativas disponibles.
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