La milicia permanente se caracteriza por su estabilidad en el servicio y está compuesta por personal que cumple con requisitos específicos. Este artículo detalla quiénes forman parte de esta categoría.
La milicia permanente se caracteriza por su estabilidad en el servicio, considerándose dentro de éste al siguiente personal: I. Quien egrese de las escuelas de formación y se le expida el despacho de Guardiamarina o Primer Maestre; II. Quien habiendo causado alta con la categoría de Marinero, obtenga por ascensos sucesivos el grado de Primer Maestre o equivalente y haya cumplido ininterrumpidamente cuatro años de servicio; III. Quienes habiendo causado alta con la jerarquía de Segundos o Terceros Maestres y obtengan por ascensos sucesivos el grado de Primer Maestre y hayan cumplido ininterrumpidamente cuatro años de servicio, y IV. Quienes causen alta en la Armada de México con la categoría de Oficiales de la milicia auxiliar o el personal de Clases y Marinería que por estudios realizados debidamente avalados por la Universidad Naval y con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de Educación Pública, obtengan la adecuación de grado que los ubique en la categoría de oficiales y reúnan, sin interrupción, cuatro años en los tiempos de servicio. Además de lo anterior, el pase de la milicia auxiliar a la milicia permanente, previa solicitud de la persona interesada, estará sujeto al cumplimiento de los requisitos de conducta, edad, aptitud física y profesional, conforme al reglamento respectivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Entender las características de la milicia permanente es clave para asesorar a personal que busca estabilidad en su carrera. Los abogados deben conocer los requisitos para facilitar el proceso.
Anterior
Art. 53. Clasificación del personal naval
Siguiente
Art. 55. Ascensos en la milicia permanente
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo