Este artículo detalla los elementos necesarios para ejercer la acción de extinción de dominio, incluyendo la existencia de un hecho ilícito y la relación con los bienes involucrados. Es fundamental para la formulación de la demanda.
[Los elementos de la acción de extinción de dominio son:
1. La existencia de un Hecho Ilícito;
2. La existencia de algún bien de origen o destinación ilícita;
3. El nexo causal de los dos elementos anteriores, y
4. El conocimiento que tenga o deba haber tenido el titular, del destino del bien al Hecho Ilícito, o de que sea producto del ilícito. Este elemento no se tendrá por cumplido cuando se acredite que el titular estaba impedido para conocerlo.] Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 22-06-2021 y publicada DOF 06-01-2022
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer los elementos necesarios es esencial para la correcta formulación de la acción. Los abogados deben asegurarse de que todos los elementos estén presentes para evitar desestimaciones.
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