LNED

Artículo 77. Registro de audiencias

El articulo detalla que todas las audiencias deben ser registradas por el órgano jurisdiccional, garantizando la conservación de las grabaciones. Esto asegura la transparencia y el acceso a la información para las partes involucradas.

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Texto Legal

Todas las audiencias previstas en esta Ley serán registradas por cualquier medio que tenga a su disposición el órgano jurisdiccional.

La grabación o reproducción de imágenes o sonidos se considerará como parte de las actuaciones y registros, y se conservarán en resguardo del Poder Judicial para efectos del conocimiento de otros órganos distintos que conozcan del mismo procedimiento y de las partes, garantizando siempre su conservación.

Las resoluciones del órgano jurisdiccional serán dictadas en forma oral, con expresión de sus fundamentos y motivaciones, quedando los intervinientes en ellas y quienes estaban obligados a asistir formalmente notificados de su emisión, lo que constará en el registro correspondiente en los términos previstos en esta Ley, sin perjuicio de que se realice la constancia por escrito en el caso de la sentencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La obligación de registrar las audiencias implica que los abogados deben estar preparados para revisar estos registros en caso de apelaciones o revisiones. Es recomendable mantener un seguimiento de las grabaciones para cualquier eventualidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del LNED?

El articulo detalla que todas las audiencias deben ser registradas por el órgano jurisdiccional, garantizando la conservación de las grabaciones. Esto asegura la transparencia y el acceso a la información para las partes involucradas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 77 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio?

[IA] La obligación de registrar las audiencias implica que los abogados deben estar preparados para revisar estos registros en caso de apelaciones o revisiones. Es recomendable mantener un seguimiento de las grabaciones para cualquier eventualidad.

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