Este articulo establece las normas de conducta que deben seguir quienes asisten a las audiencias, incluyendo la prohibición de grabar y portar armas. Se enfatiza la importancia del respeto y el orden durante el desarrollo de las audiencias.
Quienes asistan a la audiencia deberán permanecer en la misma respetuosamente, en silencio y no podrán introducir instrumentos que permitan grabar imágenes de video, sonidos o gráficas.
LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Tampoco podrán portar armas ni adoptar un comportamiento intimidatorio, provocativo, contrario al decoro, ni alterar o afectar el desarrollo de la audiencia.
Para asegurar el orden en las audiencias o restablecerlo cuando hubiere sido alterado, así como para garantizar la observancia de sus decisiones en audiencia, el órgano jurisdiccional podrá aplicar indistintamente cualquiera de los medios de apremio establecidos en esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los asistentes a las audiencias comprendan la importancia de mantener un comportamiento adecuado para evitar sanciones. Los abogados deben preparar a sus clientes sobre estas normas para asegurar un desarrollo fluido del proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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